Micelio
Auto26 de marzo de 2025

A- de 2025

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

Demandante Cruz Avila Sergio Alejandro·Demandado Municipio De Siachoque Boyaca

Tema · dato duro
Solicitud De Declaratoria De Existencia De Relación Laboral Encubierta A Través De La Celebración Sucesiva De Contratos De Prestación De Servicios.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Relaciones laborales encubiertas en contratos estatales de prestación de servicios
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre el Juzgado 001 Laboral del Circuito de Tunja, Boyacá, y el Juzgado 002 Administrativo Oral del Circuito Judicial de esa misma ciudad, originado por una demanda ordinaria laboral presentada por un ciudadano, en contra del municipio de Siachoque, Boyacá, con la que solicita se declare que entre él y el municipio existió una relación laboral propia de los trabajadores oficiales que el municipio terminó de manera unilateral y sin justa causa la relación laboral y se le condene a pagar diferentes acreencias.

Cumplidos los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena encuentra que el demandante estuvo vinculado con el municipio a través de diferentes modalidades de vinculación: órdenes de prestación de servicios, contrato individual de trabajo y como personal de planta de la alcaldía de Siachoque.

Al analizar un presunto encubrimiento de una relación laboral, la Sala considera que el caso se ajusta a lo previsto en Auto 794 de 2024, según el cual, de conformidad con la cláusula general de competencia del artículo 104 del CPACA, la jurisdicción de lo contencioso administrativo es la competente para conocer y decidir de fondo un proceso promovido para determinar la existencia de una relación laboral presuntamente encubierta a través de la sucesiva suscripción de contratos estatales de prestación de servicios, independientemente de la concurrencia de otros tipos de modalidades de vinculación.

La Corte dispone el envío del expediente al Juzgado 002 Administrativo Oral del Circuito Judicial de Tunja para lo de su competencia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 001 Laboral del Circuito de Tunja, Boyacá, y el Juzgado 002 Administrativo Oral del Circuito Judicial de esa misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 002 Administrativo Oral del Circuito Judicial de Tunja, es la autoridad competente para conocer la demanda instaurada a través de apoderado judicial por el señor Sergio Alejandro Cruz Ávila, contra el Municipio de Siachoque, Boyacá.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-6209 al Juzgado 002 Administrativo Oral del Circuito Judicial de Tunja para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado 001 Laboral del Circuito de esa misma ciudad.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.